miércoles, 25 de junio de 2008

Material 4: Relaciones Hispano - Indígenas durante la Colonia

LAS RELACIONES HISPANO-INDÍGENAS DURANTE LA COLONIA: LA ENCOMIENDA Y EL MESTIZAJE ÉTNICO Y CULTURAL.

La sociedad colonial hispanoamericana, y por lo tanto la Colonia Chilena, se conformó sobre la base de la multifacética relación entre el mundo indígena y el mundo español. Esta relación se dio en distintos planos de la vida social: políticos, económicos, sociales y culturales

En esta oportunidad, conoceremos dos aspectos claves que marcaron la relación entre indígenas e hispano-criollos durante el período colonial: el sistema de encomiendas y el mestizaje biológico y cultural.

El sistema de encomienda, fue una institución característica del proceso de colonización que siguió a la invasión hispana en suelo indígena. Desde el punto de vista jurídico, la encomienda era un derecho o recompensa que otorgaba el rey a favor de un súbdito español, quien recibía el título de encomendero, para recaudar los tributos de los indios o administrar el trabajo que debían pagar a la Corona. Así lo manifestaba, Carlos V en as instrucciones que dirigía a Hernán Cortes sobre el “Tratamiento de los indios y cuestiones de gobierno” en 1523:

“Y porque es cosa justa y razonable que los dichos indios naturales de la dicha tierra nos sirvan y den tributo, en reconocimiento del señorío y servicio que como nuestros súbditos y vasallos nos deben”. 2

El tributo se pagaba en especies -con el producto de sus tierras-, en servicios personales o trabajo en los predios o minas de los encomenderos. Por lo tanto, la encomienda fue una institución que permite consolidar el espacio que se conquistaba, puesto que organizaba la mano de obra de las sociedades existentes de manera tal que beneficiaran a la corona española.

Bajo esta caracterización preliminar, puede apreciarse que la implantación del régimen de encomienda era una forma de asegurar el control sobre la mano de obra indígena que la actividad económica requería, especialmente la vinculada al trabajo en los lavaderos de oro, base de la economía colonial hasta fines del siglo XVI.

La encomienda se justificaba –jurídicamente- en virtud de la voluntad de la Corona de que los aborígenes americanos debían ser súbditos libres, no sujetos a ninguna prestación forzada. De igual manera, como los indígenas eran considerados súbditos pero “incapaces relativos” debían ser “encomendados” al cuidado de otros (los españoles), lo que también sirvió como justificación de este sistema.


Derechos y deberes del Encomendero.

Era un derecho fundamental del encomendero el de la cobranza del tributo indígena. Todo indígena varón que tuviera entre 18 y 50 años de edad, era considerado tributario, es decir estaba obligado a pagar un tributo al rey, en su condición de “vasallo libre” de la Corona de Castilla. Este tributo, era el que cedía el Rey al encomendero como merced otorgada a su labor en la Conquista.

Respecto a sus obligaciones, el encomendero debía:

Velar por que los indígenas encomendados fueran adecuadamente adoctrinados en la fe católica. Para ello debía pagar los gastos del cura doctrinero, que era el encargado de evangelizar a la población indígena. Este adoctrinamiento se llevaba a cabo en los días de fiesta (domingo) y otros días establecidos para tal efecto.
De igual manera, el encomendero tenía la obligación de protegerlos, para ello debía alimentarlos y entregarles el vestuario necesario. A su vez, debía socorrerlos en caso de enfermedad.

Residir en la ciudad cabecera de los términos en los que vivían sus indígenas encomendados. Se obligaba al español a vivir en la ciudad y no junto a los indígenas encomendados, porque se había observado que la cercanía física del encomendero con sus indígenas generaba muchos abusos.

Acudir en la defensa de la tierra en caso de que fueran llamados por las autoridades para esa actividad.

La práctica de la Encomienda.

La Encomienda no era a perpetuidad, sino por un plazo de dos vidas: la del beneficiario y la de su inmediato sucesor. En la tercera década del siglo XVII, sin embargo, se estableció que los encomenderos podrían disfrutar de la merced por una vida más, a cambio de un pago a la Real Hacienda.

En la práctica, el sistema de encomiendas generó una serie de abusos contra los indígenas. El trabajo en la encomienda raramente difería de la esclavitud, y los indios continuaban sobrecargados de trabajo e igualmente maltratados que durante los primeros años de la conquista. En contra de la ley, a veces, los indios de encomienda eran vendidos o alquilados por sus encomenderos; de igual manera poco se hizo para asegurar la cristianización de los trabajadores o para proporcionarles el bienestar que requería la ley.

Para regular el trabajo indígena a través de las encomiendas y limitar los abusos de los encomenderos se dictan una serie de tasas o legislación que reglamentaba las relaciones laborales entre españoles e indígenas. En el caso de Chile, para regular el trabajo indígena, se aplicaron durante la colonia cuatro tasas: Tasa de Santillán (1558), Tasa de Gamboa (1580), Tasa de Esquilache (1621) y Tasa de Laso de la Vega (1635) cada una de las cuales buscaban mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los indígenas en las encomiendas. Así por ejemplo, la Tasa de Santillán reguló la edad de los trabajadores entre los 18 y 50 años de edad y estableció que el trabajo debía realizarse a través de turnos (denominados mita). Además, estableció que los indígenas que trabajaban en faenas mineras obtendrían la sexta parte del oro obtenido y ratificó el servicio personal como forma de tributación.

Para velar por el fiel cumplimiento de estas reglamentaciones se instituyó la figura del Visitador General de encomiendas que debía visitar cada cierto tiempo a los indígenas sometidos bajo el sistema de encomiendas. A través de sus visitas para conocer sobre la situación de los indígenas y si los encomenderos estaban cumpliendo las reglamentaciones pertinentes.

En general, las visitas consistían en una serie de entrevistas a los indios de encomienda de una jurisdicción determinada que bien podía ser un obispado o un corregimiento, aunque en ocasiones, a causa de procesos judiciales particulares, podían realizarse a un repartimiento en específico.

Según la legislación de la época, cada diez años un oidor de la Real Audiencia bajo el título de Visitador General y quien generalmente se hacía acompañar por un escribano de visita y un intérprete, debía encuestar a toda la población indígena encomendada o que vivía bajo otros estatutos legales de una jurisdicción dada. En ellas el visitador concurría personalmente o mediante un delegado a los llamados pueblos de indios o a alguna estancia española, donde los indios eran llevados por sus encomenderos o administradores para ser entrevistados.

La mecánica de la visita consistía en que cada indio se presentaba solo ante el visitador y sus acompañantes, se le hacía individualizarse y se le preguntaba por su trabajo, si éste era moderado o no, si lo hacían trabajar en las fechas de las fiestas religiosas o los domingos, si estaba pagado y como, si era bien tratado, si el encomendero le entregaba alimentos u otros bienes y si le curaban de sus enfermedades. Se le inquiría acerca de su conocimiento de la religión católica y se le hacía rezar, se le preguntaba si iba a misa y si se había confesado. Por último se le preguntaba si estaba contento y si tenía algo más que agregar.

Pero la institución de la encomienda constituyó además un complejo aparato reordenador del mundo indígena tanto desde el punto de vista económico, social y cultural. Ello significó el surgimiento de nuevas comunidades que comenzaron a estar sujetas al servicio personal y que además fueron obligadas a delimitar sus espacios vitales y a organizar su tiempo de acuerdo a los ciclos económicos hispanos.

En Chile, la institución de la encomienda se extendió a través de toda la zona central –desde el valle de Aconcagua hasta le rió Maule- y en la zona sur desde Concepción a Osorno. Esta institución presentó variaciones a través del tiempo. En un comienzo el sistema fue utilizado en la minería –especialmente en la extracción de oro- sin embargo la decadencia de esta actividad llevó a la ruralización del servicio personal indígena.

¿Cómo evolucionó la encomienda a través del tiempo?

Durante el siglo XVII, especialmente entre 1600 y 1650, se promulgaron una serie de medidas que tendieron a fortalecer la servidumbre indígena en el campo, así como también la estancia y la hacienda. Sin embargo, ya desde la segunda mitad del siglo XVII se generó, tanto en las colonias como en la metrópoli, un fuerte debate público en torno a la esclavitud que afectaba a los indígenas así como también múltiples denuncias, por parte de los protectores de indios, de maltrato y abuso por parte de los españoles. Mientras esto ocurría, los mestizos comenzaban a transformarse en la mano de obra predominante. Durante el siglo XVIII, comenzó un período de decadencia de la encomienda, hasta su abolición oficial en 1791, bajo la administración del gobernador Ambrosio O”Higgins.


TRABAJO INDIGENA –TASAS.

Tasa de Santillán-1558. Reguló la edad de los trabajadores entre los 18 y 50 años de edad y estableció que el trabajo debía realizarse a través de turnos (denominados mita). Además, estableció que los indígenas que trabajaban en faenas mineras obtendrían la sexta parte del oro obtenido y ratificó el servicio personal como forma de tributación.

Tasa de Esquilache- 1621. Suprime el servicio personal y restablece el pago de un tributo, deducido del salario que el indígena recibe, trabajando libremente. Esto no gusta a los encomenderos y dos años más tarde se vuelve a utilizar la tasa de Santillán.
Tasa de Lazo de la Vega- 1635. Modifica la anterior legislación en aspectos como la libertad del indio para elegir pagar a su encomendero el tributo en especie o trabajo.


LAS RELACIONES BIOLÓGICAS. El MESTIZAJE ETNICO.

El mestizaje o “mezcla racial” entre españoles e indígenas durante la Conquista y la Colonia fue favorecido, entre otros aspectos, por la escasez de mujeres españolas, el contacto permanente entre españoles e indígenas -producto de la encomienda- y el rapto de mujeres que se hacía a través de los malones y malocas.

El proceso de mestizaje fue intenso, e incluso, involucró a otras razas, como la negra, lo que dio como resultado una serie de mezclas raciales. Por ejemplo, a parte del mestizo (hijo de blanco con mujeres indias), está el mulato (hijo de blanco con negro), el zambo (hijo de negro con indios), entre otros.

Las relaciones que generaron entre españoles e indígenas fueron rechazados por la iglesia, que califica a las relaciones voluntarias entre éstos como amancebamiento.

EL MESTIZAJE CULTURAL.

Si la dominación sexual trajo como consecuencia el mestizaje racial, en el caso de la cultura se produjo también un intercambio en el que la cultura hispanocriolla dominante recibió numerosísimos elementos de las culturas originarias, habiéndose modificando ellas a su vez por la influencia criolla.

Es decir, el contacto continuo o intermitente entre estos dos grupos culturales –hispano-criollos e indígenas- afectó mutuamente los universos culturales de cada uno de éstos adquiriendo de manera creativa elementos de una y otra cultura.

Es sabido, por ejemplo, que durante el período colonial, el pueblo mapuche integró mucho elementos exógenos –foráneos- a su sociedad y cultura. Junto con el caballo, el trigo y el hierro, acogieron en sus pueblos un número considerable de individuos (cautivos, tránsfugas, fugitivos), incorporaron el bautismo y la realización de parlamentos con los hispano-criollos, integraron al cruz a su sistema simbólico, mantenían relaciones comerciales con los criollos, etc. Todos estas adopciones fueron determinando una serie de cambios en el campo de la economía, las estructuras políticas y a nivel subjetivo. La adopción de estos elementos exógenos produce un cambio importante entre los mapuches de fines de la época colonial respecto a sus antepasados del siglo XVI.

Otro ejemplo clarificador de este fenómeno, se dio en el ámbito religioso. El intento de imponer el cristianismo por parte de los españoles no pudo desterrar del todo las concepciones tradicionales religiosas del mundo aborigen. Ello dio como resultado un proceso de sincretismo cultural, es decir, de fusión o mezcla de elementos de culturas diferentes. Así por ejemplo en las zonas andinas de nuestro país se han traspasado a la Virgen María funciones maternales y de protección que los antepasados atribuían a la Pachamama o Madre Tierra. El fiel invoca o agradece esa protección mediante fiestas, bailes con máscaras y peregrinaciones; como es el caso de la fiesta nortina a la Virgen de la Tirana.

Por su parte, los españoles incorporaron en el lenguaje cotidiano palabras de origen indígena. La influencia de las palabras nos hace pensar que desde muy temprana época los integrantes de esa cultura estuvieron presentes en los hogares de los conquistadores primeros y de los colonizadores después en calidad de “indios encomendados”, o “reducidos” Como ejemplo citaremos aquéllas de origen quechua santiagueño que se asimilaron: chacra, zapallo, yapa, pampa, chala, cancha,
canchero, charqui, carancho, cóndor, guacho, huasca, chucho, china (hembra), papa, etc.

Referencias Bibliográficas.

Hormaeche, Lisandro. El sistema de encomienda como aparato de control de la mano de obra indígena (Siglos XVI y XVII).

Contreras, Hugo. Servicio Personal Y Comunidades Indígenas en el Valle de Quillota durante los primeros años del asentamiento español, 1544-1569 en Cuadernos Interculturales año 2, Número 3, Universidad de Valparaíso, 200. pp. 69-84

La encomienda en www.memoriachilena.cl

2 Carlos V, 1523. Instrucciones a Hernán Cortés sobre tratamiento de los indios, cuestiones de gobierno y recaudo de la Real Hacienda en Hormaeche, Lisandro. El sistema de encomienda como aparato de control de la mano de obra indígena (Siglos XVI y XVII)

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